Recursos
Formación bonificada FUNDAE: cómo funciona y qué requisitos tiene un curso online
Equipo de Lectiva · Actualizado el
La formación bonificada permite a una empresa formar a su plantilla y recuperar el coste con descuentos en sus cotizaciones a la Seguridad Social. Es fácil de hacer mal: un curso online que no cumple los requisitos de la teleformación o un registro que no se conserva bastan para perder la bonificación. Esta guía explica cómo funciona, qué tiene que tener un curso online para contar como teleformación, qué le toca hacer a la empresa y qué puede aportar quien produce el contenido.
Todo está contrastado con el BOE y con la información de FUNDAE para empresas; las fuentes están al final.
Qué es la formación bonificada y quién es FUNDAE
El nombre oficial es formación programada por las empresas. Es una de las iniciativas del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, regulada en el artículo 9 de la Ley 30/2015 y desarrollada en los artículos 9 a 18 del Real Decreto 694/2017.
FUNDAE, la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, no pone las reglas: da apoyo técnico al SEPE en la gestión de esta formación y en el sistema electrónico por el que se comunican los cursos (Real Decreto 694/2017, arts. 10.2 y 15.3). El control corresponde a la comunidad autónoma si la empresa tiene todos sus centros de trabajo en ella, y al SEPE si los tiene en varias (art. 10.1).
Cómo funciona: el crédito de formación
Cada año, la empresa dispone de un crédito de formación. Se calcula aplicando a lo que la empresa ingresó el año anterior por cuota de formación profesional un porcentaje que fija la Ley de Presupuestos Generales del Estado según el tamaño de la empresa, con un crédito mínimo garantizado (Ley 30/2015, art. 9.4; Real Decreto 694/2017, art. 11.1).
Ese crédito se hace efectivo con bonificaciones en las cotizaciones a medida que la empresa comunica la finalización de cada grupo, y actúa como límite (art. 18.1). Según FUNDAE, la bonificación de cada grupo es la menor de tres cifras: el crédito disponible, los costes del curso y el límite de los módulos económicos.
Además:
- Plazo para bonificarse. Las bonificaciones se pueden aplicar desde la comunicación de finalización y hasta que termina el plazo de la liquidación de cuotas de diciembre de ese ejercicio (art. 18.1). El crédito no usado se pierde.
- Empresas de menos de 50 trabajadores. Pueden comunicar, durante el primer semestre, que quieren acumular el crédito del año con el de uno o dos ejercicios siguientes (art. 11.3).
- Requisitos generales. La formación tiene que ser gratuita para los trabajadores, y la empresa tiene que estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social cuando se aplica la bonificación (art. 12.2).
El porcentaje y el crédito mínimo los fija cada Ley de Presupuestos; para un año concreto, consulta la información de FUNDAE.
Qué formación se puede bonificar
La norma es flexible con el contenido, pero pone límites claros:
- Relación con la actividad de la empresa. Las acciones formativas tienen que guardar relación con la actividad empresarial y con las necesidades de formación de la empresa y de sus trabajadores (Ley 30/2015, art. 9.2; Real Decreto 694/2017, art. 9).
- No hace falta que esté en el Catálogo. En la formación programada no es obligatorio que el curso esté referenciado al Catálogo de Especialidades Formativas: la duración, los contenidos y los requisitos de impartición los determina la propia empresa (Real Decreto 694/2017, art. 3.2).
- Tiene que ser formación. No cuentan como acciones formativas las actividades informativas o divulgativas cuyo objeto no sea un proceso de formación, ni las de menos de dos horas (art. 3.2).
Un ejemplo: para una cadena de tiendas, un curso online de diez horas sobre atención de reclamaciones, con casos, ejercicios y evaluación, encaja. Una presentación de cuarenta minutos sobre la nueva política de devoluciones, no.
Qué necesita un curso online para contar como teleformación
El artículo 4 del Real Decreto 694/2017 define las modalidades y sus límites. Es la parte que más afecta a quien diseña o compra un curso online.
Cuándo es teleformación
Las acciones pueden ser presenciales, de teleformación o mixtas. Una acción es de teleformación cuando la parte presencial es igual o inferior al 20 % de su duración total (art. 4.1). Si supera ese porcentaje, es mixta, y a cada parte se le aplican los límites de su modalidad (art. 4.5).
La plataforma
La teleformación tiene que hacerse a través de una plataforma virtual de aprendizaje que (art. 4.2):
- permita la interactividad entre alumnos, tutores y recursos situados en distinto lugar;
- asegure la gestión de los contenidos;
- ofrezca un proceso de aprendizaje sistematizado;
- permita el seguimiento continuo y en tiempo real de los participantes;
- permita la evaluación de todo el proceso.
La impartición necesita una metodología apropiada, asistencia tutorial y requisitos de accesibilidad (art. 4.2); la Ley 30/2015 exige «plataformas y contenidos accesibles a las personas con discapacidad» (art. 14.1). FUNDAE añade que las plataformas deben posibilitar el registro de la actividad de los participantes.
Los tutores
En teleformación tiene que haber, como mínimo, un tutor por cada 80 participantes, y los tutores-formadores tienen que contar con formación o experiencia verificables en esta modalidad (art. 4.2). Como referencia, en la modalidad presencial los grupos son de 30 participantes como máximo (art. 4.4).
Si el curso conduce a un certificado de profesionalidad
Se aplican los requisitos de la normativa propia de los certificados (art. 4.2), más exigentes con el material. Lo explicamos en material virtual de aprendizaje: qué exige el SEPE.
Qué tiene que hacer la empresa o la entidad organizadora
La empresa puede organizar la formación por sí misma, con medios propios o contratados, o encomendar la organización a una entidad externa. En ese caso, la formación la imparte una entidad acreditada o inscrita en el registro de entidades de formación, y ni la organización ni la impartición se pueden subcontratar (Ley 30/2015, art. 9.3; Real Decreto 694/2017, art. 14).
Sea quien sea el organizador, estas son las obligaciones principales:
Antes del curso: informar a la representación de los trabajadores
Si hay representación legal de los trabajadores, hay que pedirle informe antes de empezar, con la denominación, los objetivos, los destinatarios, el calendario y los medios de cada acción, entre otros datos. Tiene 15 días para emitirlo; si no lo hace, el trámite se entiende cumplido. No pedirlo impide la bonificación (Real Decreto 694/2017, art. 13).
Comunicar el inicio y la finalización
La empresa o la entidad organizadora comunica cada acción y cada grupo a través del sistema electrónico del SEPE, con el apoyo técnico de FUNDAE (art. 15):
- Al inicio: denominación y contenidos, modalidad, participantes y tutores previstos, fecha, horario y lugar. FUNDAE indica que el inicio del grupo se comunica, como mínimo, 2 días naturales antes de su comienzo.
- Al final, antes de bonificarse: participantes que han terminado, horas lectivas y coste. Según FUNDAE, cuentan como participantes que finalizan quienes han realizado el 75 % del curso.
Durante y después: seguimiento y documentación
Las obligaciones de la empresa beneficiaria incluyen (Real Decreto 694/2017, art. 12.2):
- someterse a las actuaciones de seguimiento, control y evaluación de la administración;
- custodiar la documentación que acredita la asistencia de los participantes (FUNDAE publica un modelo de control de asistencia para la modalidad presencial; en teleformación, la prueba es el registro de actividad de la plataforma);
- distribuir los cuestionarios de evaluación de la calidad a todos los participantes que terminan y custodiar los recibidos;
- identificar en su contabilidad los gastos de la formación y las bonificaciones aplicadas;
- conservar la documentación justificativa (facturas, justificación contable y demás documentos) durante cuatro años (art. 18.2).
Además, el certificado de asistencia o el diploma se entrega o se pone a disposición del participante en un plazo máximo de dos meses desde que termina la acción formativa (art. 7.2).
Qué puede aportar el proveedor del contenido
Quien produce el curso no comunica grupos ni aplica bonificaciones, pero el contenido facilita o complica el resto. Lo que conviene pedirle:
- Un curso que sea formación de verdad. Objetivos claros, unidades secuenciadas, casos y ejercicios: lo que distingue una acción formativa de una actividad informativa.
- Horas coherentes. Si comunicas veinte horas, el curso tiene que dar trabajo para veinte horas.
- Actividades que dejen rastro. Autoevaluaciones por unidad, tareas valoradas por el tutor y foros guiados. Son lo que la plataforma registra y lo que demuestra el seguimiento.
- Un paquete estándar. En SCORM, la plataforma registra si el alumno ha completado cada parte, su puntuación, sus intentos y su tiempo. Es la base del registro de actividad. Si no lo conoces, empieza por qué es SCORM y los requisitos técnicos de SCORM.
- Accesibilidad. Texto alternativo en las imágenes, subtítulos en los vídeos y navegación por teclado, porque la norma exige contenidos accesibles. Más detalle en accesibilidad de contenidos educativos.
- Material para el tutor. Guía docente, pautas de corrección y rúbricas.
- Un índice que coincida con lo comunicado: denominación, contenidos y horas.
Si necesitas el curso hecho
En Lectiva producimos cursos e-learning a medida para la formación programada: para tu actividad y tus horas, con actividades de evaluación que dejan registro, en SCORM o xAPI y probados en tu plataforma. Puedes ver cómo trabajamos en contenidos para formación bonificada FUNDAE.
Preguntas frecuentes sobre la formación bonificada
¿Cómo funciona la formación bonificada?
La empresa dispone cada año de un crédito de formación, calculado sobre lo que cotizó el año anterior por formación profesional, y lo hace efectivo con bonificaciones en sus cotizaciones a la Seguridad Social a medida que comunica la finalización de los cursos (Ley 30/2015, art. 9.4).
¿Qué requisitos tiene un curso online para bonificarse?
Tiene que guardar relación con la actividad de la empresa, ser un proceso de formación de al menos dos horas y, para ser teleformación, tener una parte presencial del 20 % o menos. La plataforma tiene que permitir la interacción, el seguimiento continuo y la evaluación de todo el proceso, con al menos un tutor por cada 80 participantes (Real Decreto 694/2017, arts. 3 y 4).
¿Qué registros hay que conservar?
La documentación justificativa de la formación durante cuatro años, la que acredita la asistencia (en teleformación, el registro de actividad de la plataforma) y los cuestionarios de evaluación de la calidad (Real Decreto 694/2017, arts. 12 y 18).
¿Con cuánta antelación se comunica el inicio de un grupo?
Según FUNDAE, como mínimo 2 días naturales antes de su fecha de comienzo.
¿Puede la empresa bonificarse un curso hecho a medida por un proveedor?
Sí. La empresa puede impartir la formación con medios propios o recurriendo a su contratación (Ley 30/2015, art. 9.3). Si encomienda la organización a una entidad externa, la impartición tiene que hacerla una entidad acreditada o inscrita.
Fuentes
- Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral (arts. 9 y 14). BOE núm. 217, de 10 de septiembre de 2015. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-9734
- Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015 (arts. 3, 4, 7, 9 a 15 y 18). BOE núm. 159, de 5 de julio de 2017. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-7769
- FUNDAE, «Bonificación de acciones programadas: 8 pasos» (comunicación de inicio con 2 días naturales de antelación, participantes que han realizado el 75 % del curso, registro de actividad en teleformación). https://www.fundae.es/empresas/home/como-bonificarte/bonificación-acciones-programadas